La deuda de la provincia
En la conmemoración del día mundial por el derecho a saber, Roberto Sukerman, Director Ejecutivo de Desde hace varios años se celebra cada 28 de setiembre el Día Internacional del Derecho al Acceso a Hay quienes creen que el derecho de acceso tiene un fin en si mismo. Que la cuestión termina con la entrega de la información solicitada. Que el acceso es solo una herramienta de control, de participación ciudadana y de republicanismo. Esta visión la tienen algunas organizaciones que trabajan este tema, pero generalmente se da en los que se oponen a este derecho. No quieren ser objeto de curiosidad, no quieren sentirse espiados. De ninguna manera el derecho de acceso a la información pública tiene que ver con una actitud ociosa o esnobista. El acceso es un medio para la satisfacción de otros derechos. Si no tengo información no puedo actuar. Necesito primero la data para saber como es "algo". A partir de allí, del conocimiento, pueden producirse otras acciones en consecuencia, de acuerdo con el fin perseguido. Si esto lo llevamos al plano de los derechos diremos que primero tenemos que conocer nuestros derechos. Si no conocemos nuestros derechos, no podemos ejercerlos y, derecho que no se ejerce, se pierde. Si esto lo trasladamos a los derechos sociales vemos que el Estado argentino, al adoptar el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DESC), se obligó a realizar una serie de tareas que tienden a la implementación de los derechos enumerados en dicho Pacto. Tal es así, que el Estado debería realizar un relevamiento de información y formulación de un plan, como tiene dicho el Comité de DESC. En algunas materias tales como el derecho a la vivienda adecuada se reconoce expresamente la obligación del Estado argentino de implementar en forma inmediata una vigilancia eficaz de la situación de la vivienda en su jurisdicción, para lo cual debe realizar un relevamiento del problema y de los grupos que se encuentran en situación vulnerable o desventajosa, personas: sin hogar y sus familias, alojadas inadecuadamente, que no tienen acceso a instalaciones básicas y que viven en asentamientos ilegales. Estas obligaciones de vigilancia, reunión de información, y preparación de un plan de acción para la implementación progresiva, son extensibles, como medidas inmediatas, al resto de los derechos consagrados en el Pacto, como lo son los derechos a la salud, a la alimentación, a la educación y al trabajo, entre otros. Consideramos que el derecho a la información construye una herramienta imprescindible para hacer efectivo el control ciudadano de las políticas públicas en el área económica y social, al tiempo que contribuye a la vigilancia por parte del propio Estado del grado de efectividad de los DESC. Por Roberto Sukerman
No hay comentarios.:
Publicar un comentario